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Servicio on-line de Valoración de Bienes Rústicos

El sistema de valor por precios medios de mercado (PMM) de los inmuebles rústicos esta basado en los estudios de mercado, bases de datos y fórmulas de valoración elaborados por los Técnicos de la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Castilla y León. Este sistema es utilizable para obtener el valor de fincas rústicas de forma totalmente gratuita por parte del obligado tributario.

Están excluidos del sistema de valor por precios medios de mercado los siguientes tipos de fincas rústicas:

  1. Las situadas en alguno de los municipios excluidos en el Plan de Control Tributario de aplicación.
  2. Las dedicadas viñedo o era.
  3. Las dedicadas a secano, cuando su superficie sea superior a 50 hectáreas.
  4. Las dedicadas a regadío, cuando su superficie sea superior a 15 hectáreas.
  5. Las colindantes con suelo urbano o urbanizable.
En todos estos casos en que no puede obtenerse o no es válido el valor por precios medios, el obligado tributario puede solicitar un  informe del valor al Servicio Territorial de Hacienda previo pago de la Tasa por emisión de informe con carácter previo a la adquisición o transmisión de bienes inmuebles mediante autoliquidación (Modelo 046).


Los datos necesarios para la obtención o solicitud del informe de valor por precios medios de mercado (pmm) de un determinado bien rústico, son los siguientes:

  • Término Municipal de ubicación.
  • Identificación del bien: número de polígono y parcela.
  • Superficie de cada parcela.
  • Tipo de cultivo.
  • Clase o intensidad productiva (IP)
  • Número de autoliquidación (Modelo 046)

Si una parcela esta dividida en subparcelas, se dará a cada una de éstas el mismo tratamiento que a las parcelas.

En el caso de bienes inmuebles que a la fecha de realización del hecho imponible cuenten con el valor de referencia previsto en la normativa reguladora del catastro inmobiliario (a partir de 1 de enero de 2022), la valoración obtenida por este sistema de precios medios de mercado (PMM) no tendrá efecto alguno.
 
Valor de Bienes Rústicos    

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