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Tributos sobre el Juego

La normativa de la Comunidad Autónoma de Castilla y León establece beneficios fiscales en los Tributos sobre el Juego en forma de tarifa reducida y exenciones:

  • En materia de casinos, se establece una tarifa reducida aplicable desde 26-2-2021 para aquellos supuestos en los que la empresa operadora no reduzca su plantilla de trabajadores respecto del año anterior:
Porción de la base imponible comprendida entre Tipo aplicable Porcentaje
0 y 500.000,00 euros 10,00
500.000,01 y 2.000.000,00 euros 17,00
2.000.000,01 euros y 3.000.000,00 euros 30,00
3.000.000,01 euros y 5.000.000 euros 39,00
Más de 5.000.000 euros 48,00

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  • En la modalidad del bingo electrónico se establece un tipo reducido del 15% desde 7-3-2023 en aquellas salas de bingo en las que no se reduzca su plantilla de trabajadores respecto del año anterior, en términos de personas/año regulados en la normativa laboral.
  • Está exento el juego de las Chapas, previsto en el artículo 3.3.f) de la Ley 4/1998, de 24 de junio, reguladora del Juego y de las Apuestas de Castilla y León.
  • También queda exento del pago de la tasa la celebración de rifas y tómbolas por entidades sin fines lucrativos cuando el valor de los premios ofrecidos no exceda de 3.000 euros. 
Normativa aplicable : Título I Capítulo V del texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos aprobado por Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventanaDecreto Legislativo 1/2013 (538 kbytes) , de 12 de septiembre.

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