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Impuesto sobre la eliminación de residuos en vertederos (derogado)

Objeto:

La entrega o depósito de residuos para su eliminación en vertederos situados en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, tanto gestionados por entidades locales como no gestionados por las mismas. 

 

Plazo:

Veinte días naturales del mes siguiente a la finalización de cada trimestre natural. La Ley 2/2022, de 1 de diciembre, de rebajas tributarias en la Comunidad de Castilla y León (B.O.C.y L. 12-12-2022) deroga el impuesto autonómico sobre eliminación de residuos en vertederos desde el 1 de enero de 2023, fecha de la entrada en vigor de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.

Obligados:

Los sustitutos de los contribuyentes son las personas físicas o jurídicas y las entidades sin personalidad jurídica que explotan los vertederos.

Los sujetos pasivos a título de contribuyentes, sobre los que los sustitutos de los contribuyentes repercuten el impuesto, son los siguientes:

  • En el caso de depósito de los residuos cuya gestión es competencia de las entidades locales, las entidades locales titulares de las instalaciones donde se lleva a cabo el depósito.
  • En el caso de depósito de residuos distintos a los contemplados en el apartado anterior, las personas físicas o jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que entregan o depositan directamente los residuos en un vertedero para su eliminación.


Lugar de presentación:

Por vía telemática, en la  Oficina Virtual del Portal Tributario, para lo que es necesario el DNI electrónico o certificado digital expedido por alguna de las Autoridades de Certificación admitidas por la Dirección General de Tributos y Financiación Autonómica. 

 

Modelos:

Beneficios fiscales:

Están exentos del impuesto:

  • El depósito de residuos ordenado por las autoridades públicas en situaciones de fuerza mayor, extrema necesidad o catástrofe.
  • El depósito superior a 15.000 Tm anuales por cada sujeto pasivo, en el caso de productores iniciales de residuos industriales no peligrosos que eliminen éstos en vertederos ubicados en sus instalaciones, cuya titularidad sea del mismo productor y para su uso exclusivo.

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