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Deducción autonómica en el IRPF por actuaciones subvencionadas de rehabilitación energética y adecuación a la discapacidad en la vivienda habitual

¿Qué rehabilitaciones dan derecho a la deducción autonómica?

Únicamente las actuaciones de rehabilitación de viviendas subvencionadas en el marco de programas regulados en los siguientes Planes Estatales de vivienda:

  • Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 gestionado por la Dirección General de Vivienda, Arquitectura, Ordenación del Territorio y Urbanismo de la Junta de Castilla y León, con las siguientes finalidades:
    • Rehabilitación energética (instalación de paneles solares exclusivamente para la producción de agua caliente sanitaria, mejora en los sistemas de instalaciones térmicas y en las de suministro y vertido de agua, conforme al art. 7.2 del Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre).
    • Adecuación a la discapacidad de la vivienda (conforme al art. 7.2 citado anteriormente).
  • Plan Estatal de Vivienda 2022-2025 gestionado por la Dirección General de Vivienda, Arquitectura, Ordenación del Territorio y Urbanismo de la Junta de Castilla y León, con la siguiente finalidad:
    • Adecuación a la discapacidad de la vivienda (conforme al art. 7.2 citado anteriormente).

         Para actuaciones no incluidas en los Planes anteriores, compruebe el derecho a la aplicación de las Deducciones estatales "Por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas" (Disposición Adicional Quincuagésima de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del IRPF).

¿Quién tiene derecho a aplicar la deducción autonómica?

Contribuyentes personas físicas que realicen las actuaciones de rehabilitación de vivienda mencionadas en el apartado anterior, cuando se cumplan las siguientes condiciones:

  • Que el contribuyente haya sido beneficiario de una subvención concedida por la Dirección General de Vivienda, Arquitectura, Ordenación del Territorio y Urbanismo de la Junta de Castilla y León para actuaciones de rehabilitación de vivienda realizadas en el marco de programas regulados en uno de los  Planes Estatales de Vivienda citados en el apartado anterior.
  • Que la vivienda este situada en la Comunidad de Castilla y León.
  • Que constituya o vaya a constituir la vivienda habitual del contribuyente.
  • Para las actuaciones de adecuación a la discapacidad, que al menos una persona de la unidad de convivencia (el contribuyente, su cónyuge o un pariente hasta el tercer grado) tenga un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33%.
  • Que cumplan el resto de los requisitos exigidos en la normativa citada en el apartado anterior, en las órdenes autonómicas reguladoras de las subvenciones que las desarrollan y demás de aplicación.
¿Puede aplicarse la deducción autonómica si las obras las realiza la Comunidad de Propietarios o una Agrupación de Comunidades de Propietarios para todos los vecinos?

Sí. En este caso, será la persona que ejerza la presidencia de la Comunidad de Propietarios o de la Agrupación de Comunidades de Propietarios, la que determine el reparto de los costes de la inversión y del importe íntegro de la subvención entre los propietarios, conforme a las reglas previstas en la legislación sobre Propiedad Horizontal.

En base a este reparto, los contribuyentes que cumplan los requisitos establecidos, podrán aplicarse la deducción.

¿Qué cantidades me puedo deducir?

El 15% de las cantidades realmente satisfechas por el contribuyente para la realización de las inversiones, limitadas a una base máxima de deducción de 20.000 euros.

¿En qué periodo impositivo puede aplicarse la deducción?

La deducción se practicará en el ejercicio en que se perciba el pago de la subvención concedida para la actuación de rehabilitación.

¿Cómo se acredita que la rehabilitación de la vivienda se ha realizado en el marco de un programa de un Plan Estatal o Autonómico de Vivienda?

Mediante justificante de la transferencia bancaria emitida por el órgano gestor de dichos programas de Dirección General de Vivienda, Arquitectura, Ordenación del Territorio y Urbanismo de la Junta de Castilla y León, en pago de la subvención que los financia.

¿Tributa en el IRPF la subvención percibida para financiar la actuación de rehabilitación?
Sí. Deberá incluirse en la declaración de la renta del ejercicio en que se perciba el pago, es decir, en el mismo ejercicio en que se aplica la deducción, como una ganancia patrimonial no derivada de transmisiones patrimoniales (artículos 45 y 48 de la Ley 35/2006, del IRPF).
¿Dónde se regula la deducción autonómica?

En el artículo 7.2 del Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos:

“Actuaciones de rehabilitación subvencionadas en el marco de planes estatales o autonómicos de vivienda destinadas a la mejora de la eficiencia energética, la sostenibilidad y la adecuación a la discapacidad de la vivienda habitual” (redacción vigente desde el 1 de enero de 2024).

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