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Derechos específicos en el procedimiento de inspección

Además de los derechos generales, en el procedimiento inspector los contribuyentes y demás interesados tienen otros derechos específicos, que se encuentran establecidos en la Ley General Tributaria, antes mencionada, y en el Reglamento general de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventanaReal Decreto 1065/2007 (1.042 kbytes) , de 27 de julio . Son los siguientes:

  1. Derecho a ser informado al inicio de las actuaciones de comprobación e investigación acerca de la naturaleza y alcance, así como de sus derechos y obligaciones.
  2. Derecho a solicitar, en los quince días siguientes a su inicio, que las actuaciones de inspección de carácter parcial tengan carácter general respecto al tributo y, en su caso, períodos a que aquellas se refieran.
  3. Derecho a promover la recusación de los actuarios, en los términos previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen jurídico de las Administraciones públicas y procedimiento administrativo común.
  4. Derecho a no presentar los documentos que no resulten exigibles por la normativa aplicable.
  5. Derecho a que se recojan mediante diligencia sus manifestaciones, y a recibir un ejemplar de las que se extiendan.
  6. Derecho a que las actuaciones de comprobación e investigación y las de liquidación que llevare a cabo por la Inspección, concluyan en un plazo de doce meses, sin perjuicio de su ampliación en los casos y con los requisitos establecidos legalmente.
     

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