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Tributos de Castilla y León

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Apoyo a la familia

Ventajas fiscales en Castilla y León:

  • Castilla y León tiene las ventajas fiscales más favorables de todas las comunidades para la natalidad y la protección a la familia.
  • Las medidas fiscales aprobadas por la Junta están dirigidas a la población media y trabajadora, al estar limitada su renta.
  • Castilla y León es la única comunidad autónoma que permite no perder el importe de las deducciones autonómicas en el IRPF no aplicadas por insuficiencia de cuota tributaria autonómica, estableciendo para ello un mecanismo específico de retorno.

Las deducciones de apoyo a la familia son las siguientes:

  1. Deducción por nacimiento o adopción en el IRPF: 1.010 euros por el primer hijo, 1.475 euros por el segundo y 2.351 euros por el tercero y siguientes.
  2. Deducción por nacimiento o adopción múltiple en el IRPF: las cuantías anteriores se incrementarán un 50% si son de dos hijos y en un 100% si son de tres o más.
  3. Deducción por gastos de adopción en el IRPF: 784 euros para sufragar los gastos de adopción nacional y 3.625 euros si fuera una adopción internacional.
  4. Deducción por discapacidad del contribuyente en el IRPF: 300 euros o 656 euros, en función del grado de discapacidad y la edad.
  5. Deducción por nacimiento o adopción en el IRPF para familias con un hijo con discapacidad: se duplicarán las cuantías por nacimiento o adopción que correspondan.
  6. Deducción por adaptación de la vivienda a personas con discapacidad: podrán deducirse el 15% de lo invertido con un máximo de 20.000 euros.
  7. Deducción por familia numerosa en el IRPF: 500 euros con carácter general o 1.000 euros si alguno de los miembros tiene alguna discapacidad. Además, 820 euros adicionales a partir del cuarto hijo.
  8. Deducción por disfrute del otro progenitor de alguna de las 16 semanas del permiso de la madre: 75 euros por semana completa cedida, con un máximo de 750 euros.
  9. Cuidado de menores en guardería: deducción del 100% de los gastos de guardería satisfechos, con el límite de 1.320 euros anuales.
  10. Cuidado de menores en domicilio por empleado de hogar: deducción del 30% del sueldo satisfecho al empleado, con un límite de 322 euros y del 15% de las cantidades satisfechas a la seguridad social, con un límite de 300 euros. 

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