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Documentación a aportar en la autoliquidación

¿Puede presentarse documento privado?

Para declarar y autoliquidar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones no es imprescindible presentar documento de manifestación de herencia (aunque si se otorga ha de presentarse); basta con presentar el modelo 660 o 661 correctamente cumplimentado, acompañado de certificado de defunción, de últimas voluntades y del testamento, además de otra documentación que pueda corresponder. Además, ha de presentarse una autoliquidación en el Modelo 650 por cada heredero. Tampoco es necesario haber efectuado la adjudicación de bienes a los herederos; el impuesto se exige por los derechos de los herederos en la herencia, con independencia de los bienes concretos que se les adjudiquen en pago de tales derechos.

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